Avenidas de Santo Domingo, es domicilio de Enejados Mentales

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Por  Flabia Rosario

Antes de la muerte del joven Jhoel Raphael Cabrera Espino, de 28 años, quien se dirigía por la avenida 27 de febrero frente al Palacio de los Deportes, en dirección este a oeste. Fue fue impactado con una roca chocando en el cristal delantero del vehículo Kia negro, de placa A860749 por un enajenado mental que le quito la vida a las: 4:00 p.m.; del domingo 11 de diciembre del presente año.

Hago este preámbulo porque dias anteriores tenía en carpeta la construcción el denominado articulo “Avenidas de Santo Domingo, es domicilio de Enejados mentales”, dice el escrito: Es notorio verlos (Los Enajenados mentales), en el gran Santo Domingo con características similares entre uno y otros. Además, se visualizan hambrientos, maloliente, peligrosos la gran mayoría esquivos de las miradas indiferentes de autoridades, transeúntes que pasan por el lugar percatándose de no ser agredidos por los adjudicados.

Un referente es la avenida Sabana Larga del Ensanche donde toman los espacios públicos así, como los terrenos baldíos para hacer sus necesidades fisiológicas y descansar.

Sin embargo; una de las jurisprudencias importante de la República Dominicana como es la Ley 12-06 la cual entiende la salud mental como un bien público a ser promovido y protegido por el Estado a través de políticas públicas, planes de salud mental y medidas de carácter legislativo, administrativo, judicial, educativo y de otra índole que serán revisadas periódicamente. Según el libro 1 del Art.3.

Según la sisodicha la Ley 12-06, en su Art. 4. De la secretaría de Salud Pública y Asistencia Social es la responsable de llevar estas políticas en coordinación con subsecretaria de de Salud Mental.

A continuación; as funciones de las autoridades y su aplicación en su Art. 4 de la Ley 26-02.

A)- formulación, planificación, ejecución y control de las políticas de salud mental de conformidad a los principios y objetivos establecidos en la presente ley.

b) La elaboración del Plan Nacional de Salud Mental.

c) La conducción, coordinación y regulación del Sistema de Salud Mental.

d) El desarrollo de un sistema de información, vigilancia epidemiológica, y planificación estratégica como elemento de gestión del Sistema.

e) La promoción de la capacitación de todo el personal que desarrolle actividades de salud mental en los diferentes niveles de atención.

f) Todas las acciones que garanticen los derechos relativos a la salud mental de todas las personas.

Es lamentable que las autoridades competentes no previeron esta situación que está a la vista de todos, y que el desenlace sea el fallecimiento de un joven, con un futuro comprometedor, promisorio que deja a una madre destrozada, y a una sociedad impactada por el auge de la delincuencia. La idea es hacer implementar un plan de acción para que los enajenados mentales se les proporcionen un tratamiento justo de salud.

 

La autora es periodista

 

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