Defensora del Pueblo solicita reubicar familiar de Mercado de Herrera protegiendo su dignidad

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Santo Domingo. La Defensora del Pueblo, expresó su preocupación al alcalde del municipio Santo Domingo Oeste, ingeniero José Andújar, por la suerte que puedan correr las 54 familias que ocupan las 36 viviendas y 18 negocios que ocupan las aceras en el denominado mercadito de productores ubicado en la calle Juan Ballenilla o calle H, sector Los Trencitos o Los Chivos en la Zona Industrial de Herrera.

“Si bien el Defensor del Pueblo es un garante de la preservación del espacio público, el desalojo debe llevarse a cabo cumpliendo con el debido proceso y protegiendo la dignidad humana”, indicó la doctora Zoila Martínez Guante.

En ese sentido, solicitó al alcalde Andújar, la debida reubicación de las personas que serán desalojadas de esa localidad, evitando así dejarlas a la intemperie y en estado de mayor vulnerabilidad, al que ya pertenecen.

La Defensora del Pueblo hizo la solicitud, luego de visitar el pasado viernes 28 de mayo, el referido sector y constactar la situación en que viven las familias.

La mañana de este martes 1 de junio, el Defensor del Pueblo recibió una comisión, compuesta por los señores Ana Rosa Tejeda, Domingo Santana, Juan María Hernández, María Del Socorro De Los Santos Mora, Ramona Paniagua, Yenifer Féliz Ramirez y Minnie Josefina Ramirez, en representación de las más de 60 familias que indicaron estar siendo amenazadas, presuntamente por el ayuntamiento de Santo Domingo Oeste, de posible desalojo, porque residen dentro de área pública.

Los munícipes del mercado de productores de Herrera y zonas aledañas, al reconocer que habitan desde hace más de 20 años dentro de área verde y ocupan algunas aceras, afirmaron que no se oponen a ser desalojados por el Ayuntamiento que busca rescatar esa superficie natural, pero solicitan ser reubicados.

Acerca del Defensor del Pueblo

Es una institución pública, autónoma de rango constitucional, creada mediante la Ley No. 19-01, de fecha primero de febrero de 2001 y reconocida por los artículos 80.5, 83.3 y 190-192 de la Carta Magna.

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